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| REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
|
N° 2670 |
| Caracas,
24-03-03
192° y 143° AUTO
Visto el escrito de fecha 14 de marzo de 2003, donde la ciudadana SAHOMI
SAMANTHA CASTELLANO URRIBARRI, titular de la cédula de identidad
N° 12.292.853, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 88.035,
actuando en su carácter de apoderada sustituta de la sociedad
mercantil “MERENDERO EL POLLO COMIDA RÁPIDA, C.A”,
según se desprende de instrumento poder que riela a los autos,
desiste de la apelación interpuesta en fecha 08 de abril de 2002,
contra Auto de fecha 20 de febrero de 2002, dictado por la Inspectoría
del Trabajo en el Este de Área Metropolitana de Caracas, en el
procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos, intentado
por los ciudadanos DEIBIS RINCÓN RODRÍGUEZ, WILMER
HUMBERTO RINCÓN RODRÍGUEZ, YORMAN BARAJAS ZAMBRANO, FREDDY
GARCÍA LABRADOR, JORGE GONZALEZ FONSECA, EFRAIN DÍAZ,
EDGAR LORA ANGARITA, DOMINGO ALBERTO SALAZAR ROSARIO, JUAN CARLOS AZUAJE
MATOS, VIRGILIO SANABRIA REY, LUIS BETANCOURT URIBE y MIGUEL GALVEZ
PORTILLO, titulares de las cédulas de identidad Nos.
15.121.954, 15.121.953, 17.169.112, 14.867.655, E-81.981.654, 5.489.756,
13.586.850, 6.951.173, 12.549.456, 10.160.112, 4.469.097 y E-80.399.561,
respectivamente, contra la mencionada empresa; este Despacho provee
en conformidad y le imparte la homologación respectiva, para
lo cual devuelve el expediente a la Inspectoría del Trabajo competente
a los fines legales consiguientes. MARIA
CRISTINA IGLESIAS FJLS/EDS/SV/ASB |